REQUISITOS PARA EL PAGO DE SUPLENCIAS
Planilla de Suplencia (descargar aquí)
Copia de la Cédula de Identidad, legible del Suplente y del Titular del cargo.
Copia de la Libreta de Ahorros (20 dígitos) o referencia bancaria en el caso de Cuenta Corriente.
Planilla de Asistencia (descargar aquí)
Constancia de Reposo del titular del cargo en Original, emitido por el IPASME (Personal Docente y Administrativo) y por el IVSS (Personal Obrero)
Talón de pago del Titular
Constancia en Original expedida por el Director del Plantel, certificando el lapso laborado como suplente indicando a quien esta supliendo y el motivo.
Copia en fondo negro del titulo Profesional del suplente (si lo tiene).
NOTAS IMPORTANTES:
La licencia debe llevar este mismo orden, con toda la información necesaria, firmada y sellada. De otro modo no se recibirán.
Las clausulas 95 (cambio de actividad por un año), incapacidad total, encargadurias, licencia sindical o providencia administrativa NO generan suplencias.
Los bancos que trabajan con el Ministerio de Educación son:
Banco Industrial, Bicentenario, Banco De Venezuela, Banco Provincial, Banco Del Caribe, Banco Occidental De Descuento, Banco Fondo Comun, Corp Banca, Banco Sofitasa y Banco Nacional De Credito.